PROCESO ADMINISTRATIVO POR EL CUAL LA DIÓCESIS DE CARTAGENA SE VE OBLIGADA A INDICAR CON SEÑALIZACIÓN O CARTELERÍA LOS HORARIOS Y DÍAS DE VISITA (INCLUIDOS SÁBADOS) PARA LA VISITA PÚBLICA Y GRATUITA DE LA CATEDRAL DEL OBISPADO DE CARTAGENA.

Una rosa sobrevive encadenada en la puerta cerrada de la Catedral; hay esperanza.

Tras más de 5 largos años la diócesis de Cartagena se ve obligada a cumplir la Ley 4/2007 y la Resolución de la Dirección General de Bienes Culturales de 07 de mayo de 2015. Atrás quedaron las decisiones unilaterales y aleatorias por las cuales la diócesis alteraba mes tras mes los días de visita gratuita de la Catedral. Hasta ahora, nadie podía asegurar qué días iba a permanecer abierta la Catedral pues los días para su disfrute se modificaban sin criterio alguno todos los meses. Al fin habrá una disposición fija y única; la cual implica que la Catedral de Cartagena permanecerá abierta los últimos 4 días laborables de cada mes (incluidos sábados) en horarios establecidos y que la diócesis de Cartagena deberá indicarlo mediante cartelería y/o señalización.

Este es el proceso administrativo que hemos recorrido gracias a María Dolores Ruíz. Sin su estimable y desinteresada ayuda nada de ésto hubiera sido posible (como ya sucediera con los 2 anteriores procesos administrativos: el de apertura de la Catedral para su visita pública y el proceso administrativo para conseguir el plan director de la Catedral.

Sirva este recorrido como precedente para otros BICs y para las personas, colectivos y/o asociaciones que quieran utilizarlo en beneficio del bien común.

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– 28/07/2014:  Se solicita a la Dirección General de Bienes Culturales, con copia a la Subdirección General de Bienes Culturales y a la Concejalía del Ayuntamiento de Cartagena, la aplicación efectiva del artículo 8.1.C de la Ley 4/2007 de Patrimonio Histórico.

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– 07/05/2015:  Resolución de la Dirección General de Bienes Culturales por la que se aprueba la propuesta de la Diócesis de Cartagena que señala los días de visita pública a la Catedral de Cartagena, Santa María la Mayor, según lo previsto en el artículo 8.1.C, de la Ley 4/2007, de Patrimonio Cultural.

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– 30/04/209: LA Plataforma Ciudadana Virgen de la Caridad solicita a la Dirección General de Bienes Culturales que obligue a que la Diócesis de Cartagena haga constar la información en cuanto a las fechas, que incluirá los sábados, al ser éste considerado día laborable, y el horario de apertura de manera accesible y pública en un lugar adecuado del Bien de Interés Cultural. Se anexan algunas fechas de incumplimiento por parte de la diócesis.

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– 15/05/2019: La Dirección General de Bienes Culturales atiende el requerimiento anterior exponiendo que procederá a dar traslado a la Diócesis de Cartagena del contenido de la denuncia a fin de que obre en su conocimiento y a los efectos oportunos, subrayando nuestra insistencia ante esa Diócesis en el sentido de que deberá instalar una señalización en el Bien de Interés Cultural que informe sobre el servicio estable de apertura, días y horarios, según lo previsto en la Resolución de 7 de mayo de 2015 y en el artículo 38.2 de la Ley 4/2007, de Patrimonio Cultural.

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– 23/05/2019:  La Plataforma Ciudadana Virgen de la Caridad exige a la Dirección General de Bienes Culturales proceda a ejecutar subsidiariamente y de forma inmediata el contenido del oficio de pasado 16 de mayo, colocando un cartel indicando el horario de apertura de la Catedral de Cartagena a la visita pública que incluya los sábados e inicie un procedimiento sancionador a la Diócesis de Cartagena por infracción leve al persistir en el incumplimiento reiterado de la resolución firme del día 7 de mayo de 2015, cuestión que queda suficientemente probada en el expediente OBR 257/2014.

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– 24/08/2019:  Al no recibir respuesta alguna por parte de la administración competente interponemos recurso de alzada ante la Consejería de Cultura.

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– 18/11/2019:  La Dirección General de Bienes Culturales recurre al artículo 82 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas abriendo así un plazo de 15 días para que las partes (Plataforma Ciudadana Virgen de la Caridad y diócesis de Cartagena) aleguen ante su propia resolución de 7 de mayo de 2015 (aprobada y resuelta por la Dirección General pero no ejecutada por la diócesis).

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– 28/11/2019:  La Plataforma Ciudadana Virgen de la Caridad responde con las siguientes alegaciones:

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03/03/2020:  Finaliza el proceso. La diócesis de Cartagena abrirá los últimos 4 días laborables de cada mes (incluidos sábados) y tal información deberá estar señalizada en paneles informativos.

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